Lima, 23 de abril de 2024
VISTOS, la Nota Nº D000131-2024-MIMP-DGPDAEM y el Informe Técnico Nº D000018-2024-MIMP-DGPDAEM-FJVR de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres; la Nota Nº D000377-2024-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer; el Informe Nº D000066-2024-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento; el Memorándum Nº D000445-2024-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000249-2024-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2022-MIMP se aprueba la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora con el objetivo de promover la participación plena y a todo nivel de la actividad económica de las mujeres, en su diversidad, que lideran emprendimientos, empresas y asociaciones empresariales para contribuir al logro de una reactivación económica con igualdad, inclusión y sostenibilidad a nivel nacional a través de iniciativas y acciones articuladas;
Que, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 012-2022-MIMP establece que la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora es dirigida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en tanto ente rector de políticas nacionales y sectoriales sobre mujer, para lo cual encarga a la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, o la que haga sus veces, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la formulación, conducción e implementación del plan de trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, en coordinación con las entidades participantes señaladas en el artículo 5 del mencionado Decreto Supremo;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 012-2022-MIMP prevé que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Resolución Ministerial, aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora;
Que, con Resolución Ministerial Nº 304-2022-MIMP se aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, el mismo que de acuerdo a lo consignado en su numeral 7.2, comprendió el período 2022 – 2023;
Que, el artículo 83 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 362-2023-MIMP, establece que la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres depende del Despacho Viceministerial de la Mujer; y, es el órgano de línea responsable de dirigir, coordinar, articular y realizar el seguimiento y evaluación de las políticas públicas, normas, estrategias y compromisos del Estado en materia de los derechos económicos, laborales y productivos de las mujeres en su diversidad; así como sobre el desarrollo de su autonomía económica;
Que, en ese contexto, a través de la Nota Nº D000131-2024-MIMP-DGPDAEM y el Informe Técnico Nº D000018-2024-MIMP-DGPDAEM-FJVR, la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres propone y sustenta la necesidad de emitir una Resolución Ministerial que apruebe el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2024, para lo cual precisa que el citado documento ha sido compartido y validado con las entidades participantes de la mencionada Estrategia Nacional;
Que, mediante Memorándum Nº D000445-2024-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe Nº D000066-2024-MIMP-OP elaborado por la Oficina de Planeamiento, emite opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2024;
Que, con Informe Nº D000249-2024-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo sustentado por los órganos competentes del Ministerio, emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo Nº 012-2022-MIMP, Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 362-2023-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2024, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- La implementación de Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2024 se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades participantes de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, de acuerdo a sus competencias y en el marco de las leyes anuales de presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- La Presente Resolución Ministerial y su Anexo son publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
2282549-1
Fuente: Diario el peruano
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